YA ES OBLIGATORIO EL REGISTRO RETRIBUTIVO EN LAS EMPRESAS

YA ES OBLIGATORIO EL REGISTRO RETRIBUTIVO EN LAS EMPRESAS

Registro retributivo para eliminar la brecha salarial

Según datos oficiales, actualmente la brecha salarial entre hombres y mujeres ronda el 22%.

Una cifra que el Real Decreto-Ley 6/2019 de igualdad retributiva entre hombres y mujeres pretende minimizar.

Su aprobación, en octubre del pasado año, inició el camino que ahora se complementa con la entrada en vigor el pasado 14 de abril de la obligatoriedad de contar con un registro retributivo de toda la plantilla, independientemente de contar con plan de igualdad.

Objetivo de la entrada en vigor del registro retributivo

El objetivo de esta nueva norma es hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia salarial, a la vez que desarrollar los mecanismos para identificar y corregir la discriminación en este ámbito y luchar contra la misma.

¿Están todas las empresas obligadas a tener este registro?

Ahora bien, ¿están todas las empresas obligadas a contar con este registro retributivo? La respuesta es afirmativa. Todas las empresas deben contar con su registro retributivo, independientemente de su tamaño, plantilla o facturación. Es más, el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores, que se modificó en marzo de 2019, recoge que todas las empresas deben tener dicho registro de todos sus empleados, también del equipo directivo.

En el registro retributivo se deben especificar los valores medios del salario de cada trabajador, sus complementos salariales y percepciones extrasalariales, diferenciados por sexo y categoría profesional. El valor medio se obtiene dividiendo todos los conceptos salariales anteriores entre el número de empleados con el mismo puesto de trabajo.

Las empresas, sean del tamaño que sean, que no cuenten con registro salarial pueden enfrentarse a sanciones. Estas van desde los 626 € a más de 187.000 €.

Por ello, es importante dar a conocer esta nueva normativa. Afecta por igual a autónomos con personas contratadas, pequeños negocios con trabajadores, pymes o grandes empresas.

¿Y la auditoría retributiva, para cuándo?

Dentro del Plan de Igualdad propuesto por el Gobierno se contempla la obligatoriedad de las empresas de más de 100 trabajadores de contar con una auditoría retributiva. Pues a partir del 7 de marzo de 2022, será también obligatoria para todas las que tengan más de 50 trabajadores.

En Aequitas Abogados somos especialistas en Derecho Laboral. Si quieres conocer más datos sobre esta nueva norma y su aplicación en tu empresa, te asesoramos de manera personalizada. Consúltanos sin compromiso en el teléfono 925820093, en nuestro despacho de calle San Clemente Nº 12, local de Talavera de la Reina, o a través de nuestras redes sociales.