TANTO DE VACACIONES COMO EN UNA BAJA LABORAL, QUE NO VULNEREN TU DERECHO A LA DESCONEXIÓN DIGITAL

TANTO DE VACACIONES COMO EN UNA BAJA LABORAL, QUE NO VULNEREN TU DERECHO A LA DESCONEXIÓN DIGITAL

Respóndete a esta pregunta: ¿cuántas veces te encuentras respondiendo emails del trabajo o revisando mensajes fuera de horario, incluso estando de vacaciones o de baja laboral? Si es tu caso, esta información te interesa. Conoce tu derecho a la desconexión digital.

¿Sabes qué es la desconexión digital?

Es el derecho a no estar disponible para llamadas, mensajes o correos electrónicos de trabajo fuera del horario laboral. Esto incluye fines de semana, festivos y, por supuesto, vacaciones o bajas laborales. Y es un derecho reconocido por ley.

En nuestro país este derecho está amparado por la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), en su artículo 88. Y persigue un objetivo claro: garantizar el bienestar del trabajador. También en el Estatuto de los Trabajadores se recoge la obligación de las empresas a garantizar este derecho.

La argumentación de la desconexión digital se basa en la necesidad de reducir el estrés y la ansiedad que puede producir el estar constantemente conectado al trabajo, redundando en la mejora del descanso del trabajador y la prevención del conocido como síndrome de Burnout o agotamiento profesional.

¿Realmente se cumple la desconexión digital?

En muchos casos no. Y está penalizado. Una reciente sentencia de TSJ de Galicia confirma que enviar correos electrónicos durante una incapacidad temporal del trabajador vulnera su integridad moral. La sentencia se refiere a un trabajador que, estando de baja médica, recibió de forma reiterada emails de su empresa. Esta comunicación, aunque no fuera una exigencia directa de trabajo, fue interpretada por el tribunal como una intromisión indebida en su derecho al descanso y a la recuperación, afectando su bienestar psicológico.

Así, la sentencia recoge que el derecho a la desconexión conlleva “un un límite activo a la actuación empresarial, de modo que el empleador debe evitar remitir comunicaciones laborales fuera del horario de trabajo, salvo que concurra una causa suficientemente justificada o un supuesto de fuerza mayor”.

¿Y si mi empresa no respeta mi tiempo de desconexión digital?

En Aequitas Legis Abogados sabemos que el derecho a la desconexión digital es fundamental para tu bienestar y el equilibrio entre vida laboral y privada. Por eso, si tu empresa no respeta el derecho a la desconexión digital, te asesoramos de manera personalizada.

En primer lugar, te aconsejamos realizar una comunicación interna exponiendo la situación. Documéntalo con correos, mensajes o registros de llamada. Y si la situación persiste, te prestamos asesoramiento legal para verificar si tu derecho se está vulnerando y poder iniciar tanto una reclamación formal como, en última instancia, acciones legales.



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