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	<title>abogados de familia en talavera - Etiqueta blog - Aequitas Legis</title>
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	<description>Despacho abogados Talavera, reclamación clausulas suelo, juicios, reclamaciones</description>
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	<title>abogados de familia en talavera - Etiqueta blog - Aequitas Legis</title>
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		<title>EL TRIBUNAL SUPREMO REVOCA UNA SENTENCIA DICTADA POR LA SECCIÓN PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO EN UN PROCEDIMIENTO DE FAMILIA</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 05 Mar 2025 10:31:08 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho civil]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El despacho AEQUITAS LEGIS con sede en Talavera de la Reina y dirigido por Jesús Lázaro Ruiz ha conseguido que el Alto Tribunal estime un recurso de casación y revoque la sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo. El proceso...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<ul>
<li>El despacho AEQUITAS LEGIS con sede en Talavera de la Reina y dirigido por Jesús Lázaro Ruiz ha conseguido que el Alto Tribunal estime un recurso de casación y revoque la sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo.</li>
<li>El proceso judicial aborda un procedimiento de familia sobre régimen de visitas a favor de la anterior expareja de la madre como allegada, en el que se decidió no llevar a cabo la prueba de exploración del menor sin justificar el por qué, con lo que se vulneró el derecho del menor a ser escuchado en el proceso.</li>
</ul>
<p>El despacho de Abogados Aequitas Legis de Talavera de la Reina ha conseguido un importante hito judicial al lograr que la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo admita un recurso de casación contra una sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo en un procedimiento de familia sobre régimen de visitas, y en la que no se realizó la conocida como prueba de exploración del menor en el Juzgado para poder ser oído en la causa.</p>
<p>Una decisión poco común que se admita a trámite un recurso de casación por el Tribunal Supremo, pero aún es más raro todavía la estimación del recurso revocando la sentencia anterior, que se ha conseguido en un proceso realizado bajo la dirección letrada de Jesús Lázaro Ruiz.</p>
<p>El Tribunal Supremo ha revocado la sentencia ya que ‘no se ajusta a doctrina’; y es que el menor no fue oído <em>“de forma directa e inmediata”</em> en el proceso judicial sobre su régimen de visitas, y la motivación que expone la Sección Primera de la Audiencia Provincial sobre la no realización de esta prueba de exploración “es de corte meramente formal y resulta inadecuada”.</p>
<p>Por ello, el Alto Tribunal ha estimado el recurso de casación y ha anulado la sentencia anterior argumentando que la decisión de no oír al menor en la causa <em>“carece de la debida motivación y de una valoración objetiva de las circunstancias”</em> ya que no se ha constatado que éste careciera de la madurez necesaria para comparecer en el juicio.</p>
<p>Aunque se habían aportado informes periciales, la propia Audiencia Provincial había recalcado con anterioridad que dichos informes no contaban con imparcialidad y se habían obtenido en condiciones que limitaban la libertad del menor para expresarse; circunstancias que redundan en la carencia de causas para justificar que no se realizase la prueba de exploración.</p>
<p>Hay que recordar que dicha prueba debe realizarse siempre que se pueda, y el menor tiene que ser oído en juicio salvo que se pueda estimar que el menor no tiene la suficiente madurez, debiendo justificar el Juzgado la decisión de no oír al menor. En este caso, no hubo justificación alguna. Y así lo recoge la sentencia del Tribunal Supremo, que recalca que <em>“el tribunal estaba obligado de oficio a garantizar la audiencia del menor. El derecho del menor a ser oído y escuchado implica que debe tener la posibilidad de expresarse sobre las decisiones que le afectan y excluye que la mera presunción de una falta de madurez justifique su exclusión”.</em></p>
<p>Por todo lo expuesto, la dirección letrada de Jesús Lázaro Ruiz ha conseguido que el Tribunal Supremo anule la sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo en abril de 2024, y devolver las actuaciones para que se recabe informe de especialistas y se haga efectivo el derecho del menor a ser oído sobre su régimen de visitas.</p>
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		<title>INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y ABOGACÍA. UNA BENEFICIOSA RELACIÓN A LA ESPERA DE REGULACIÓN</title>
		<link>https://aequitaslegis.com/inteligencia-artificial-y-abogacia-una-beneficiosa-relacion-a-la-espera-de-regulacion/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 20 Nov 2023 11:53:53 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho civil]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Que la Inteligencia Artificial ya forma parte de nuestras vidas es obvio. Que puede facilitar la labor en el ámbito laboral, también. Y que el sector jurídico se apunte a esta nueva herramienta es algo lógico. Pero, ¿hasta dónde utilizar la IA en el sector...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Que la Inteligencia Artificial ya forma parte de nuestras vidas es obvio. Que puede facilitar la labor en el ámbito laboral, también. Y que el sector jurídico se apunte a esta nueva herramienta es algo lógico. Pero, ¿hasta dónde utilizar la IA en el sector jurídico? ¿Qué utilidades tiene y qué peligros conlleva?</p>
<p>Según la presidenta de la Abogacía Española, Victoria Ortega, la IA puede contribuir a mejorar la eficiencia automatizando tareas tediosas. Una afirmación que ha realizado en el Congreso Internacional Justicia e Inteligencia Artificial, organizado por la Universidad de Santiago de Compostela, y que pone de relieve que la IA puede ser una importante aliada en esos trabajos que roban tiempo al abogado, tales como la revisión de documentos o la investigación legal.</p>
<p>De hecho, según los expertos, además de facilitar esa labor de revisión o investigación, la Inteligencia Artificial en el ámbito jurídico también podría mejorar la accesibilidad y eficiencia de los servicios jurídicos, haciendo la justicia aún más universal; podría ayudar a localizar pruebas y argumentos de forma más rápida; e incluso, apostillan, podría ayudar a identificar sesgos en el proceso judicial.</p>
<p>Pero las bondades de esta nueva tecnología, y también han alertado sus propios creadores, se podrán conseguir solo con la cautela justa. Y es que en el entorno de la abogacía la IA se enfrenta a importantes desafíos éticos. No en vano, la misma Victoria Ortega como presidenta de la Abogacía Española ha apuntado que esta tecnología podría contribuir a un sistema judicial más equitativo siempre que se pongan en práctica una serie de recomendaciones y cautelas.</p>
<p>Así, afirman los expertos, la mayor preocupación ante la IA es el riesgo de sesgos en el sistema, ya que el uso de diversos algoritmos podría arrojar datos sesgados a la hora de asesorar al cliente. Además, puede haber riesgo de romperse la privacidad y la confidencialidad de la información legal si no se utiliza correctamente.</p>
<p>Por ello, desde el entorno jurídico se aboga por implementar normas de transparencia y uso así como la adopción de medidas para garantizar la seguridad de los datos. La creación de una regulación mínima del uso de la Inteligencia Artificial en el entorno jurídico garantizaría así la equidad, la ética y la protección del derecho de defensa, apostillan los especialistas.</p>
<p>Y esta línea también se ha recogido en las conclusiones del XII Congreso de la Abogacía, que recogen la necesidad de regular el uso de sistemas de Inteligencia Artificial para la prestación de servicios jurídicos y el ejercicio de derecho de defensa online, así como para la selección de profesionales de la abogacía.</p>
<p>La presidenta de la Abogacía Española, Victoria Ortega, ha añadido además que es necesario “que se den una serie de condiciones: una regulación específica de la IA, transparencia en su funcionamiento, supervisión humana, evaluación independiente, protección de la privacidad y los datos personales, formación continua y articulación de mecanismos de rendición de cuentas”.</p>
<p>A la espera de conocer posibles regulaciones y su aplicación al entorno jurídico, desde Aequitas Legis Abogados apostamos por el uso de la Inteligencia Artificial con sentido común, es decir, sabiendo de sus posibles beneficios pero también conociendo sus eventuales consecuencias y riesgos.</p>
<p><strong>¿Y qué pasa con el uso y límites de la Inteligencia Artificial a nivel general? </strong></p>
<p>A pesar de su ya extendida utilización, el marco legal para la IA aún está dando pasos. Uno de los más importantes es la futura Ley de Inteligencia Artificial de la UE, que será la primera ley integral en el mundo, y que fue aprobada por amplia mayoría el pasado mes de junio. El siguiente paso es negociar con los estados miembros la redacción del texto definitivo, que persigue el objetivo principal de asegurar los derechos fundamentales de las personas y que éstos no sean vulnerados por el uso de la IA.</p>
<p>A nivel nacional ya contamos con la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial, que será la encargada de aplicar y ejecutar la normativa europea.</p>
<p>Mientras tanto, desde el ámbito de la abogacía debemos trabajar para seguir garantizando derechos fundamentales como la privacidad y la libertad de expresión de los ciudadanos, con un asesoramiento personalizado en cuanto a normas y principios éticos que orienten el desarrollo y el uso de esta tecnología de manera responsable y respetando todos los derechos humanos.</p>
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		<title>UNA SENTENCIA PIONERA OTORGA LOS PERMISOS DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD A UNA MADRE MONOPARENTAL</title>
		<link>https://aequitaslegis.com/una-sentencia-pionera-otorga-los-permisos-de-maternidad-y-paternidad-a-una-madre-monoparental/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 01 Jun 2021 11:30:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho civil]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Juzgado de lo Social de Valencia ha sentenciado que una madre sin pareja, con régimen de familia monoparental, pueda acogerse a los permisos de maternidad y paternidad. Es un fallo judicial pionero que reconoce el derecho de la madre a disfrutar del permiso de...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h2>El Juzgado de lo Social de Valencia ha sentenciado que una madre sin pareja, con régimen de familia monoparental, pueda acogerse a los permisos de maternidad y paternidad.</h2>
<p>Es un fallo judicial pionero que reconoce el derecho de la madre a disfrutar del permiso de paternidad y maternidad de manera acumulada. Sumando las 12 semanas de baja maternal e incrementando este periodo con las 8 semanas adicionales que le corresponderían al padre.</p>
<p>Hay que recordar que desde 2020 a los padres les corresponden 12 semanas de permiso de paternidad. De las que se descontarían 4 que se deben disfrutar desde el momento del parto de manera obligatoria. Y pudiendo disfrutar el resto en distintos periodos.</p>
<h2>Sentencia pionera</h2>
<p>El caso, iniciado por el <a href="https://www.csif.es/" target="_blank" rel="noopener">sindicato CSIF</a>, se ha resuelto de manera favorable para esta madre monoparental, atendiendo a la Convención sobre los Derechos del Niño. Así, apunta que al denegar esta prestación se produciría una merma en la atención del menor respecto a una situación biparental. Por ello, el Tribunal recalca que si tal situación se produjera, habría una discriminación del hogar monoparental, afectando directamente a la mujer.</p>
<p>Además, la sentencia recuerda que la Convención sobre los Derechos del Niño es la norma que prevalecerá sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico en caso de conflicto con ellas. Y apunta que en el caso de denegación «se puede suscitar una quiebra del principio de Igualdad del artículo 14 de la Constitución Española».</p>
<h3>Conciliación familiar</h3>
<p>Es por ello que el Juzgado ha condenado al Instituto Nacional de la Seguridad Social por denegar esta demanda de la madre. Estableciendo que podrá disfrutar las 8 semanas complementarias del permiso paternal.</p>
<p>En Aequitas Abogados somos especialistas en Derecho de Familia y Conciliación Laboral. Nuestro equipo de profesionales te asesorarán de manera personalizada en este tipo de casos o en todos los referidos al ámbito familiar. <a href="https://aequitaslegis.com/contacto/" target="_blank" rel="noopener">Consúltanos sin compromiso</a> en el teléfono <strong>925 820 093, </strong>en nuestro despacho de calle San Clemente Nº 12, local de Talavera de la Reina, o a través de nuestras redes sociales.</p>
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