
04 Feb EL TRIBUNAL SUPREMO ESTABLECE QUE LAS EMPRESAS NO PUEDEN DESPEDIR DISCIPLINARIAMENTE A LOS TRABAJADORES SIN INICIAR UN TRÁMITE DE ‘AUDIENCIA PREVIA’
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, ha resuelto en una reciente sentencia, y por unanimidad, que el empleador debe ofrecer al trabajador la posibilidad de defenderse de los cargos formulados contra él, antes de adoptar la decisión de extinción del contrato de trabajo por despido disciplinario.
Este fallo se basa en la necesidad de aplicar el artículo 7 del Convenio núm. 158 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo).
Y este nuevo criterio del Tribunal Supremo se aplicará únicamente a los despidos disciplinarios realizados después de la publicación de la sentencia. Los despidos efectuados con anterioridad seguirán rigiéndose por la doctrina anterior, que no exigía el trámite de audiencia previa.
La sentencia recalca que esta nueva norma no se aplicará tampoco a los despidos que están pendientes de juicio. Por tanto, la audiencia previa a despido disciplinario solo es exigible para los despidos nuevos.
Con esta decisión del Tribunal Supremo se amplían los derechos de las personas trabajadoras, que a partir de ahora cuentan con la posibilidad de conocer los cargos por los que se les aplicaría un despido disciplinario antes de que se haga efectivo, y así poder defenderse.
El Tribunal también destaca que no todos los casos de despido disciplinario tendrán que someterse a audiencia previa para el trabajador; de hecho, dice textualmente que no será exigible en situaciones en las que no sea razonable pedir al empleador que conceda esta oportunidad, como en casos de fuerza mayor o situaciones excepcionales justificadas.
Esta posible exención busca, según el alto tribunal, equilibrar también los intereses de ambas partes, tanto del trabajador como de las empresas.
Eso sí, a partir de esta sentencia las empresas deben de incorporar este trámite de audiencia previa en todos los despidos disciplinarios, ya que de lo contrario podrían considerarse improcedentes a pesar de que estén basados en hechos acreditables.
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