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	<title>herencias - Etiqueta del blog - Aequitas Legis Abogados</title>
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	<description>Despacho abogados Talavera, reclamación clausulas suelo, juicios, reclamaciones</description>
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	<title>herencias - Etiqueta del blog - Aequitas Legis Abogados</title>
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		<title>5 ERRORES COMUNES AL ACEPTAR UNA HERENCIA (Y CÓMO EVITARLOS)</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 27 Feb 2026 09:59:03 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho civil]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Aceptar una herencia no siempre es sinónimo de recibir dinero o propiedades sin más. Desde el punto de vista jurídico, heredar implica asumir derechos, pero también obligaciones. De hecho, muchos problemas legales y económicos surgen por decisiones precipitadas o por falta de información. A continuación...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Aceptar una herencia no siempre es sinónimo de recibir dinero o propiedades sin más. Desde el punto de vista jurídico, heredar implica asumir derechos, pero también obligaciones. De hecho, muchos problemas legales y económicos surgen por decisiones precipitadas o por falta de información. A continuación repasamos cinco errores frecuentes al aceptar una herencia y cómo evitarlos.</p>
<ol>
<li><strong> Aceptar la herencia sin comprobar si existen deudas</strong></li>
</ol>
<p>Este es probablemente el error más habitual. En España, cuando un heredero acepta una herencia de forma pura y simple, responde de las deudas del fallecido incluso con su propio patrimonio si estas superan el valor de los bienes heredados.</p>
<p>Para evitar riesgos existe la llamada aceptación a beneficio de inventario, que es una modalidad legal prevista en el Código Civil, y permite al heredero aceptar la herencia, pero limitando su responsabilidad por las deudas del causante. Así, el heredero no responde con su propio patrimonio, sino únicamente con el patrimonio recibido en la herencia.</p>
<ol start="2">
<li><strong> Pensar que aceptar la herencia es obligatorio</strong></li>
</ol>
<p>No todo el mundo sabe que una herencia puede rechazarse. El heredero tiene libertad para aceptarla o renunciar a ella. Además, si un interesado lo solicita ante notario, el heredero puede ser requerido para decidir en un plazo de 30 días; si no responde, se entiende aceptada.</p>
<p>Por tanto, aceptar nunca es obligatorio. Analizar la situación económica y familiar antes de decidir es clave para evitar consecuencias no deseadas.</p>
<ol start="3">
<li><strong> No tener en cuenta los impuestos y sus plazos</strong></li>
</ol>
<p>Uno de los errores más costosos es olvidarse de la fiscalidad. El principal tributo es el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cuyo plazo general de liquidación suele ser de seis meses desde el fallecimiento, prorrogables si se solicita a tiempo.</p>
<p>No cumplir estos plazos puede generar recargos, intereses o sanciones. Además, dependiendo del patrimonio heredado, pueden existir otros costes como la plusvalía municipal o gastos notariales y registrales. Planificar la herencia con asesoramiento profesional suele evitar sorpresas fiscales.</p>
<ol start="4">
<li><strong> Firmar documentos sin entender su contenido</strong></li>
</ol>
<p>En el proceso sucesorio aparecen numerosos documentos: escrituras notariales, cuadernos particionales, liquidaciones fiscales o acuerdos entre herederos. Firmar sin comprender su alcance puede generar responsabilidades económicas o conflictos futuros.</p>
<p>Desde la práctica jurídica, te recomendamos revisar cada documento con calma, preguntarnos y evitar prisas.</p>
<ol start="5">
<li><strong> Confiar únicamente en acuerdos verbales entre herederos</strong></li>
</ol>
<p>Las herencias suelen implicar a varios familiares, y no siempre existe consenso. Los acuerdos verbales pueden ser bienintencionados, pero carecen de seguridad jurídica.</p>
<p>Formalizar por escrito la partición de bienes o los pactos entre herederos evita disputas posteriores. Además, muchas gestiones como inscribir inmuebles o tramitar impuestos exigen documentación oficial, por lo que la informalidad puede complicar trámites futuros.</p>
<p><strong>Información y asesoramiento, claves para una herencia segura</strong></p>
<p>Aceptar una herencia es una decisión importante que combina aspectos legales, fiscales y personales. Informarse bien, analizar las posibles deudas, conocer los plazos fiscales y contar con asesoramiento jurídico especializado son las mejores herramientas para evitar problemas.</p>
<p>Si estás ante una herencia o prevés estarlo, consultar con un profesional desde el inicio puede ahorrarte tiempo, dinero y conflictos familiares. Porque heredar no solo implica recibir bienes: también exige tomar decisiones responsables y bien informadas. Por eso, en Aequitas Legis Abogados te acompañamos y asesoramos de manera personalizada. ¿Hablamos?</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>HACER TESTAMENTO: EL DOCUMENTO QUE ELIMINARÁ PROBLEMAS DE HERENCIAS</title>
		<link>https://aequitaslegis.com/por-que-hacer-testamento/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 02 Nov 2020 12:10:08 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[abogados herencias]]></category>
		<category><![CDATA[abogados testamento]]></category>
		<category><![CDATA[hacer testamento]]></category>
		<category><![CDATA[hacer testamento en Talavera de la Reina]]></category>
		<category><![CDATA[herencias]]></category>
		<category><![CDATA[testamento]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Hacer el testamento es un paso sencillo y útil que eliminará problemáticas de herencia cuando ya no estemos. Este documento recogerá la voluntad de la persona, aunque según la legislación española no tenemos toda la libertad para repartir nuestro patrimonio. Tenemos que hablar de las llamadas...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Hacer el</strong> <strong>testamento</strong> es un paso sencillo y útil que eliminará problemáticas de herencia cuando ya no estemos. Este documento recogerá la voluntad de la persona, aunque según la legislación española no tenemos toda la libertad para repartir nuestro patrimonio.</p>
<p>Tenemos que hablar de las llamadas ‘legítimas’, partes de la herencia destinadas a los herederos forzosos. Los descendientes y, si no hay hijos o nietos, los ascendientes, es decir, los padres.</p>
<h3>División de la herencia</h3>
<p>La división de una herencia se fracciona en tres partes.</p>
<p>El tercio de legítima –para descendientes o ascendientes-</p>
<p>El tercio de mejora, que se puede adjudicar a los herederos legítimos en igual o distinta cantidad</p>
<p>El tercio de libre disposición, que se puede otorgar a quien se desee, tanto si es familia como si no. El testador puede repartir esta parte como estime oportuno, sin ninguna restricción sobre el vinculo o parentesco familiar.</p>
<h3>¿Qué pasa con el cónyuge si lo hubiese?</h3>
<p>Si existe matrimonio en gananciales, el cónyuge viudo tendrá derecho a su mitad de bienes gananciales. Pero lo que respecta a la herencia solo le corresponderá el usufructo de una tercera parte. Eso sí, el testamentario puede dejar el tercio de libre disposición a su cónyuge.</p>
<p>No tienen derecho a legítima hereditaria los matrimonios separados o divorciados legalmente.</p>
<p>Por último, hay que recalcar que si no hay testamento, la ley civil española es la que determinará los herederos y la proporción de herencia que reciben.</p>
<p>Cada caso es distinto, por ello, consultar con un abogado especialista a la hora de redactar un testamento facilitará dejar los asuntos bien atados para evitar futuros enfrentamientos.</p>
<p>En <strong>Aequitas Abogados</strong> te asesoramos de manera personalizada.</p>
<p>Puedes contactar con nosotros sin compromiso en el teléfono <strong>925 820 093 </strong>o personalmente en nuestro despacho  en la <a href="https://aequitaslegis.com/contacto/">Calle San Clemente Nº 12, local</a> de nuestra ciudad de Talavera de la Reina, o a través de nuestras redes sociales.</p>
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