REAL DECRETO 518/2026: LAS PRINCIPALES NOVEDADES DEL REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN PARA PROTEGER A LOS USUARIOS VULNERABLES

REAL DECRETO 518/2026: LAS PRINCIPALES NOVEDADES DEL REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN PARA PROTEGER A LOS USUARIOS VULNERABLES

La seguridad vial en nuestras calles y carreteras está a punto de cambiar por completo. El próximo 1 de octubre de 2026 entra en vigor el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, una de las reformas más importantes del Reglamento General de Circulación de los últimos años.

Esta reforma reglamentaria tiene un objetivo muy claro: aumentar la protección de los usuarios vulnerables de la vía (peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes eléctricos o VMP).

Desde Aequitas Legis te traemos una guía sencilla con los cambios clave de esta normativa para que circules con total seguridad y evites multas innecesarias.

1. Patinetes eléctricos (VMP): adiós al vacío legal

Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) se enfrentan a una regulación mucho más estricta para garantizar la seguridad de todos en la ciudad. Si utilizas patinete, estas son tus nuevas obligaciones:

  • Edad mínima: se prohíbe la conducción de patinetes eléctricos a menores de 15 años.
  • Casco obligatorio: ya no es una recomendación; el uso de un casco de protección homologado pasa a ser obligatorio para todos.
  • Visibilidad nocturna: será necesario llevar el alumbrado encendido y usar prendas reflectantes por la noche o en situaciones de baja visibilidad.
  • Zonas prohibidas: queda terminantemente prohibido circular por aceras, autopistas, autovías, travesías o túneles urbanos. Las multas por incumplir estas normas ascenderán a 200 euros.

2. Motoristas: más seguridad pasiva sobre las dos ruedas

Para los usuarios de moto y ciclomotor, el equipamiento de protección deja de ser opcional en ciertos escenarios:

  • Guantes obligatorios: la reforma introduce la obligación de utilizar guantes de protección homologados en vías interurbanas, si bien su aplicación efectiva queda condicionada al desarrollo reglamentario de las especificaciones técnicas.
  • Calzado cerrado: se prohíbe expresamente conducir motos o ciclomotores con calzado abierto (como chanclas o sandalias).
  • Circular por el arcén en atascos: como novedad positiva, se permitirá a las motos utilizar el arcén derecho para avanzar en caso de retenciones, siempre a una velocidad máxima de 30 km/h y en tramos autorizados.
  • Riders profesionales: los repartidores que trabajen en moto deberán llevar chaleco reflectante obligatorio en todo momento.

 

 

3. Ciclistas: adelantamientos mucho más seguros

Si eres ciclista, esta ley te protege más que nunca. Si eres conductor de coche, presta mucha atención a cómo debes adelantar a partir de ahora en carretera:

  • Reducción de velocidad obligatoria: antes de adelantar a un ciclista o grupo de ciclistas, deberás reducir tu velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de velocidad de la vía.
  • Cambio de carril completo: en vías de más de un carril por sentido, es obligatorio cambiar de carril para realizar el adelantamiento. En vías de un solo carril, se mantiene la distancia lateral mínima de seguridad de 1,5 metros.
  • Prioridad en ciudad: la reforma reconoce expresamente la posibilidad de que los ciclistas ocupen el centro del carril cuando resulte necesario para garantizar su seguridad.

4. Peatones: entornos protegidos y accesibilidad

La reforma pone el foco en la accesibilidad urbana, especialmente para las personas con movilidad reducida o discapacidad:

  • Se crean «zonas de especial sensibilidad» (como los caminos escolares seguros), donde el peatón tiene prioridad absoluta.
  • Queda estrictamente prohibido estacionar cualquier tipo de vehículo obstaculizando aceras o pasos de peatones rebajados.

¿Qué impacto tiene esta ley en caso de accidente de tráfico?

Desde el punto de vista legal, el RD 518/2026 marca un antes y un después a la hora de reclamar indemnizaciones por accidentes ya que la reforma incorpora nuevas obligaciones de conducta cuya infracción podrá constituir un elemento especialmente relevante para acreditar la negligencia del conductor y facilitar la determinación de la responsabilidad civil en determinados procedimientos judiciales o extrajudiciales.

Si un coche no reduce la velocidad al adelantarte mientras vas en bici, o si un vehículo obstaculiza un paso rebajado y provoca una caída, el incumplimiento de estas nuevas obligaciones podrá reforzar la posición jurídica de la víctima durante la reclamación de daños y perjuicios frente al responsable o frente a la entidad aseguradora.

¿Has tenido un accidente de tráfico como usuario vulnerable o necesitas asesoramiento sobre las nuevas normas de circulación? En Aequitas Legis defendemos tus derechos frente a las aseguradoras para que recibas la indemnización que te corresponde. Contáctanos y analizamos tu caso sin compromiso.

 



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