¿PUEDO RECLAMAR EL IRPH DE MI HIPOTECA A LA ENTIDAD BANCARIA?

¿PUEDO RECLAMAR EL IRPH DE MI HIPOTECA A LA ENTIDAD BANCARIA?

Reclamar el IRPH a la entidad bancaria. ¿Es posible?

La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que cada caso debe estudiarse de manera específica por parte del juez para que éste dictamine si la cláusula impuesta por la entidad financiera fue transparente o si, por el contrario, pudo ser abusiva.

IRPH

El IRPH es uno de los tipos de interés que más se han utilizado en España en las últimas décadas junto con el Euribor.

Las hipotecas referenciadas a este índice poseen un tipo de interés muy elevado  extraído de una media de los intereses aplicados por cajas y bancos. 

La sospecha de la falta de transparencia en su comercialización por parte de los bancos ha sido la causa por la que este índice fue llevado ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, después de que el Tribunal Supremo no lo considerara abusivo.

El 3 de marzo, el TJUE dictaminó que deberá ser el propio juez el que en cada caso dilucide y verifique si la cláusula impuesta por la entidad financiera fue transparente.

¿Qué podemos hacer para reclamar el IRPH si estamos afectados? 

En primer lugar, debemos tener en cuenta que la posible calificación judicial del IRPH.

 Si se califica como abusiva y, por tanto, nula, dependerá de si antes de suscribir el contrato, la entidad financiera informó debidamente al consumidor de la evolución y funcionamiento del referido índice.

Debería pasar el doble control de trasparencia que se exige para estos casos, así como si la redacción de la cláusula es clara y comprensible.

Por lo tanto, cada caso debe estudiarse de manera personalizada para determinar la posibilidad de reclamación.

En Aequitas Abogados expertos en reclamaciones bancarias, analizamos cualquier escritura para valorar el inicio de las reclamaciones. Siempre que se verifique que la entidad bancaria no informó adecuadamente de cómo funcionaba la referencia al IRPH.

Siendo así, iniciaremos los trámites para solicitar la anulación de cláusula, el cálculo del cuadro de amortización conforme al euríbor, y la devolución del dinero debido.

Si tenéis alguna duda sobre este tema, podéis consultarnos sin ningún problema.

Dada la situación de alerta sanitaria, nos pondremos en contacto mediante medios telemáticos.

925 820 093; los e-mails: jurídico@aequitaslegis.com | juridico2@aequitaslegis.com.



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