NUEVA LEY DE TRÁFICO. MÁS RESTRICTIVA Y SANCIONADORA

NUEVA LEY DE TRÁFICO. MÁS RESTRICTIVA Y SANCIONADORA

La nueva Ley de Tráfico, que entró en vigor el pasado 21 de marzo, busca reducir la siniestralidad en carretera con medidas más estrictas, más limitaciones y más multas.

Novedades en la nueva ley

Entre las principales novedades de la Ley destaca la eliminación del margen de 20 km/h para adelantar en carretera convencional, una medida que ha suscitado polémica y que marca que los vehículos que circulen por una carretera convencional no pueden rebasar la velocidad máxima de la vía en 20km/h para adelantar.  Por lo tanto, ya no se podrá adelantar a un máximo de 110 km/h en una vía convencional con la velocidad limitada a 90 km/h.

Uso del teléfono móvil

El uso del teléfono móvil al volante es otro de los caballos de batalla de lanueva normativa. En este sentido, avanza en las limitaciones de su uso y ya sólo el hecho de sujetarlo con la mano, aunque no se esté utilizando, es sancionable, con una pérdida de 3 a 6 puntos y una multa de 200 euros.

También se sancionará con una multa económica de 200 euros la circulación sin el uso de los sistemas de seguridad como cinturón, sin casco en el caso de motoristas y acompañantes, o sistemas de retención infantil. Además, por esta infracción se perderán 4 puntos, uno más que hasta ahora.

En este sentido, la Ley obliga también a los usuarios de patinetes y otros vehículos de movilidad personal – VMP- a utilizar obligatoriamente el casco; además, prohíbe el uso de estos sistemas en zonas peatonales y aceras.

Y respecto a la seguridad de los menores, contempla nuevas medidas en el uso de los vehículos conducidos por ellos como bicicletas, motos de menos de 125cc o ciclomotores, recalcando que tendrán que respetar una tasa cero de alcohol. La Dirección General de Tráfico no ha fijado aún las sanciones por incumplir este punto.

Detectores de radares

La nueva Ley de Tráfico también penará no sólo el uso de detectores de radares, sino también el simple hecho de contar con uno aunque no esté operativo. Así, esta infracción supondrá una multa de 500 euros y la pérdida de 3 puntos.

El mismo importe económico contempla la sanción por arrojar objetos a la vía. La nueva norma insiste en que arrojar colillas que puedan provocar incendios u objetos que desencadenen posibles accidentes estará penado con 6 puntos, cuatro más que hasta ahora, y una multa de 500 euros.

Por último, se contemplan importantes cambios en pro de garantizar la seguridad de los ciclistas. Así, no respetar la distancia de seguridad de un metro y medio al adelantar ciclistas también está sancionado con la retirada de 6 puntos. En carreteras con más de un carril por sentido, los vehículos deberán adelantarlos ocupando el carril de al lado.

Y también se sancionará por estacionar o aparcar en un carril bici con una multa de 200 euros.

Si tienes dudas sobre la nueva normativa, si has recibido una multa y crees que debes impugnarla, o si necesitas asesoramiento legal, consúltanos sin compromiso. En Aequitas Legis Abogados te ayudamos de manera personalizada.