15 Sep GANAR UN JUICIO DE REVOLVING NO EXIME DE PAGAR EL CAPITAL CONCEDIDO A LA ENTIDAD BANCARIA
Si has cursado una demanda por tarjeta revolving y ganas el juicio, el contrato se declarará nulo, por lo que el banco tendrá que devolverte los intereses o comisiones cobrados de más.
Pero ojo, si tienes capital prestado pendiente estarás obligado a afrontar el pago del mismo aunque hayas ganado dicho juicio. Por eso, es importante que si quieres afrontar un caso similar cuentes con asesoramiento especializado.
Te contamos qué hacer ante un caso así en nuestro artículo.
Qué son y cómo se regulan las tarjetas revolving
Las tarjetas revolving que permiten a los usuarios financiar sus compras acumulan cada vez más sentencias sobre casos de usura con intereses desproporcionados.
Durante los últimos años los juicios favorables al consumidor se han multiplicado, haciendo que las entidades crediticias tengan que devolver esos intereses abusivos. Y es que, y según dictó el Tribunal Supremo en 2020, se considera usura los contratos de las revolving con intereses superiores al 20%.
Notorias son entre otras las sentencias contra Wizink Bank o Santander Consumer.
Muchos usuarios de estas tarjetas han denunciado o tienen pensado reclamar por estos contratos, si bien los expertos advierten de que es necesario estudiar bien cada caso antes de lanzarnos a la vía judicial. Especialmente cuando todavía se debe dinero al banco en el momento de poner la demanda.
¿Qué pasa si aún debo dinero de mi tarjeta revolving y gano juicio contra la entidad prestataria?
Según datos oficiales, el 30 por ciento de las personas que ganan un juicio por tarjeta revolving aún deben dinero al banco. Ese capital sin devolver, independientemente de los intereses que la entidad tenga que reintegrar al usuario, debe abonarse.
Si se gana el juicio, el contrato de tarjeta revolving se declara nulo, por lo que el banco tendrá que devolverle al cliente los intereses y comisiones cobrados de más. Pero, si éste debe parte del capital prestado, deberá devolverlo en un plazo de 20 días hábiles y en un solo pago desde el momento que la sentencia favorable sea firme. Y esto es así porqué la declaración de nulidad de una tarjeta revolving, como la de cualquier contrato, implica que tengan que restituirse las prestaciones de modo recíproco.
Ante esta tesitura, muchos clientes que han ganado el juicio no pueden hacer frente a la amortización de su deuda. Es aquí donde se abre un nuevo escenario en el que el usuario puede buscar una financiación temporal para hacer frente a ese pago único, tipo préstamo personal, o intentar negociar con la entidad bancaria. Aquí, el asesoramiento legal es indispensable para poder hacer frente a este segundo proceso de la manera más eficaz, ya que, en el caso de no devolver la deuda, el banco puede pedir el embargo de los bienes del cliente, amparado por su derecho de cobrar la deuda pendiente.
Contratar una tarjeta revolving en la actualidad
En la actualidad, y con la entrada en vigor el pasado año de la orden ministerial que regula la comercialización de estas conocidas tarjetas, las entidades bancarias deben cumplir una serie de condiciones y de informaciones transparentes antes de firmar el contrato con sus clientes. Así, según la normativa ministerial, antes de adjudicar una línea de crédito a un cliente la entidad bancaria debe ofrecer toda la información sobre el producto. Asegurándose que los solicitantes pueden cubrir sin problema el importe anual de las cuotas suscritas; el consumidor debe poder amortizar un mínimo anual del 25% del crédito concedido en la tarjeta.
¿Quieres iniciar un proceso contra una entidad por una tarjeta revolving? ¿Crees que estás afectado por comisiones abusivas? ¿Has ganado un juicio y te enfrentas a una situación de devolución de capital? ¿O quieres asesorarte antes de contratar este tipo de línea de crédito? Para cualquier interrogante, confía en los profesionales de Aequitas Abogados. Te asesoramos de manera personalizada.