Dación en pago ¿Me puedo acoger a ella?

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Dación en pago ¿Me puedo acoger a ella?

¿Tienes un préstamo hipotecario y no puedes pagarlo? Puedes acogerte a la DACIÓN EN PAGO.

La Dación en Pago es una figura jurídica recogida tanto en nuestro Código Civil, como en la Ley Hipotecaria. Permite solicitar al Banco la cancelación total de vuestra deuda hipotecaria, entregándole a éste el bien hipotecado.

Pueden solicitarla aquellos que no pueden hacer frente al pago de su préstamo hipotecario.

Puede ser solicitada por aquellas familias que no disponen de ingresos o bienes suficientes para hacer frente al pago de su préstamo hipotecario. Siempre que su cuota mensual sea superior al 60% de los ingresos mensuales. Si cumples este primer requisito, empieza a preparar la documentación necesaria.

En primer lugar, un Certificado de Rentas de los últimos 4 años, tanto del deudor hipotecario como de todos los miembros de la unidad familiar. Las tres últimas nóminas percibidas, o un Certificado de Prestación si eres desempleado; el Libro de Familia; certificado de Empadronamiento, escritura de compraventa del inmueble y de la hipoteca, y certificado de la titularidad de los bienes inmuebles del deudor.

Te aconsejamos también aportar un informe de vida laboral, y una declaración responsable de que cumples con los requisitos legales para solicitar la dación en pago. Con todo ello, dirígete a modo de carta a tu entidad bancaria, que debe de estar adherida al Código de Buenas Prácticas Bancarias.

Si tenéis alguna duda podéis consultarnos contactando con nosotros en el teléfono 925 820 093 o personalmente en nuestro despacho sito en la Calle San Clemente Nº 12, local de nuestra ciudad de Talavera de la Reina.