CARTEL DE CAMIONES. PRIMERA SENTENCIA QUE RECONOCE UN SOBRECOSTE SUPERIOR AL 5%

CARTEL DE CAMIONES. PRIMERA SENTENCIA QUE RECONOCE UN SOBRECOSTE SUPERIOR AL 5%

  • El Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Toledo en fecha 25 de marzo ha dictado una Sentencia que fija que el sobrecoste pagado por el comprador es de un 16,67%.
  • La Sentencia estima íntegramente la demanda realizando un pormenorizado análisis de los informes periciales y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

 

Talavera de la Reina, 12 de abril de 2024.- Sentencia pionera en reclamación de daños ocasionados por el Cártel de Camiones por la infracción del artículo 101 TFUE sancionada por la Comisión europea en su Decisión de 19 de julio de 2.016.

La sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Toledo da la razón a un transportista de Talavera de la Reina (Toledo), que  había comprado un camión IVECO en abril de 2.010 por 56.000€ a través de un contrato de leasing con una entidad bancaria. El fabricante IVECO tendrá que devolver al damnificado, en concepto de daños derivados de la colusión en precios, la cantidad total de 20.685,72 euros, más los intereses devengados, además de abonar las costas del procedimiento.

El informe pericial de la demandante realizado por Zunzunegui & Sobrino efectuó un cálculo del porcentaje del incremento de coste, aplicando dos métodos. Por un lado tuvo en cuenta el método de precios anidados, y por otro aplicó el método diacrónico sobre los precios brutos mediante un modelo estadístico de regresión,  teniendo en cuenta las características concretas del camión adquirido, resultando así un porcentaje medio del 16,67%.

Esta decisión judicial se aparta del criterio dictado por el Tribunal Supremo en sus sentencias de 12,13,y 14 de junio de 2023, y en las Sentencias del 14 de marzo de 2024, que establecían que el sobrecoste que podían reclamar los compradores era del 5 % del precio total más intereses del precio de adquisición del vehículo.

La dirección letrada de este procedimiento ha sido llevada por Jesús Lázaro Ruiz y Patricia García Durán del despacho talaverano Aequitas Legis Abogados. Con más de 28 años de experiencia este despacho especializado en el ámbito mercantil, y civil han conseguido Sentencias importantes en otros ámbitos. En la demanda solicitaron la aplicación subsidiaria del porcentaje del 5%, sin embargo se consiguió demostrar en el acto del juicio que el porcentaje de perjuicio fue superior en base al informe pericial y su aclaración.

Según nos explica Jesús Lázaro Ruiz, esta primera Sentencia posterior a las del Tribunal Supremo mantiene la esperanza para los transportistas afectados de recuperar íntegramente el daño padecido por el cartel de fabricantes de camiones.