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	<title>reclamaciones a la banca - Etiqueta del blog - Aequitas Legis</title>
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	<description>Despacho abogados Talavera, reclamación clausulas suelo, juicios, reclamaciones</description>
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	<title>reclamaciones a la banca - Etiqueta del blog - Aequitas Legis</title>
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		<title>GASTOS HIPOTECARIOS. ¿CUÁLES TIENE QUE ASUMIR LA ENTIDAD BANCARIA?</title>
		<link>https://aequitaslegis.com/gastos-hipotecarios-cuales-tiene-que-asumir-la-entidad-bancaria/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Oct 2023 16:41:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho Bancario]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En los últimos años los tribunales han ido perfilando qué cláusulas y gastos hipotecarios deberían pagar los usuarios y cuáles la propia entidad bancaria. Se han ido dando pasos para la protección del cliente y la transparencia en los procesos de contratación de un préstamo...</p>
<p>La entrada <a href="https://aequitaslegis.com/gastos-hipotecarios-cuales-tiene-que-asumir-la-entidad-bancaria/">GASTOS HIPOTECARIOS. ¿CUÁLES TIENE QUE ASUMIR LA ENTIDAD BANCARIA?</a> se publicó primero en <a href="https://aequitaslegis.com">Aequitas Legis</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>En los últimos años los tribunales han ido perfilando qué cláusulas y gastos hipotecarios deberían pagar los usuarios y cuáles la propia entidad bancaria.<br />
Se han ido dando pasos para la protección del cliente y la transparencia en los procesos de contratación de un préstamo hipotecario.<br />
Es en el año 2015 cuando se inicia este camino con una sentencia del Tribunal Supremo español en la que abre la puerta a la reclamación como nula de la cláusula de gastos que se incluía en los contratos hipotecarios, además de la posibilidad de recuperar las cantidades económicas abonadas por esta circunstancia.<br />
A partir de ese momento otras sentencias han creado jurisprudencia, hasta llegar a la dictada en enero de 2021 por la que el TS fijó qué gastos hipotecarios puede reclamar el consumidor a la entidad bancaria.<br />
Así, los consumidores pueden reclamar a su banco: el 50 por ciento de la factura de los servicios de notaría y el 100% de los gastos de registro de la propiedad, tasación de vivienda y gestoría.</p>
<h3>Entonces, ¿qué gastos puedo reclamar y cuáles me corresponden como usuario?</h3>
<p>En el caso de los gastos de Notaría, deben ser abonados al 50% por ambas partes, es decir, la mitad por el banco y la mitad por el hipotecado.<br />
En cuanto a los gastos del Registro de la Propiedad, corresponden al banco.<br />
Tanto los gastos de gestoría como los de tasación corresponderán igualmente al banco prestamista.</p>
<h3>¿Tengo algún plazo para reclamar la devolución de estas cantidades?</h3>
<p>Según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el consumidor tiene derecho a recuperar todos los gastos hipotecarios en los que incurrió cuando solicitó un préstamo hipotecario. Y lo que es más importante, puede hacerlo sin plazos. Es decir, se pueden reclamar aunque el préstamo ya estuviese pagado y la hipoteca cancelada.</p>
<h3>¿Qué documentación necesito para reclamar los gastos hipotecarios?</h3>
<p>Para realizar esta reclamación se necesita contar con la escritura de la hipoteca, copia de las facturas de todos los gastos susceptibles de ser<br />
reintegrados, y el documento de identidad de los titulares del préstamo. Una vez presentada la reclamación extrajudicial ante la entidad bancaria, el banco debe responder en un plazo máximo de entre 1 y 3 meses; si no se obtiene respuesta o ésta no responde a las pretensiones del cliente, se deberá iniciar la vía judicial.</p>
<p><strong><em>Reclama tus gastos hipotecarios con Aequitas Abogados</em></strong><br />
<strong><em>Porque te asesoramos de manera personalizada en la reclamación de cláusulas abusivas o gastos hipotecarios. Nuestro equipo de abogados y especialistas estudiarán tu caso y la viabilidad de tu reclamación. Consúltanos sin compromiso.</em></strong></p>
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		<item>
		<title>LA RECLAMACIÓN DE LAS CLÁUSULAS HIPOTECARIAS NO PRESCRIBE</title>
		<link>https://aequitaslegis.com/la-reclamacion-de-las-clausulas-hipotecarias-abusivas-no-prescribe/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 07 Apr 2021 09:23:32 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho civil]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[abogados banca]]></category>
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		<category><![CDATA[abogados en Talavera]]></category>
		<category><![CDATA[abogados reclamacion irph]]></category>
		<category><![CDATA[reclamaciones a bancos]]></category>
		<category><![CDATA[reclamaciones a la banca]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Se podrán reclamar las cláusulas hipotecarias abusivas en cualquier momento ya que la nulidad de estas cláusulas abusivas no prescribe jamás.</p>
<p>La entrada <a href="https://aequitaslegis.com/la-reclamacion-de-las-clausulas-hipotecarias-abusivas-no-prescribe/">LA RECLAMACIÓN DE LAS CLÁUSULAS HIPOTECARIAS NO PRESCRIBE</a> se publicó primero en <a href="https://aequitaslegis.com">Aequitas Legis</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>En los nuevos aires judiciales que estamos viviendo sobre las <strong>cláusulas hipotecarias</strong>, su nulidad y las responsabilidades de entidades y clientes, sopla con fuerza una nueva noticia: la nulidad de las cláusulas abusivas no prescribirá.</p>
<p>Así se desprende de una reciente <strong>sentencia</strong> de la Audiencia Provincial de Tenerife. Esta argumenta, respecto a una apelación sobre cláusula en cancelación de préstamo hipotecario, que, al ser considerada esta cláusula nula no influye que el contrato se haya extinguido. Pudiendo así el consumidor reclamarla en cualquier momento. En este sentido, la sentencia declara esta reclamación “imprescriptible”.</p>
<p>Por tanto, esta sentencia confirma que el criterio del Ministerio de Consumo, que pretendía poner plazo para poder ejercer la reclamación a entidades bancarias, no tendrá validez. Pudiendo realizar esta acción en cualquier momento ya que la nulidad de las cláusulas abusivas no prescribe jamás.</p>
<h3><strong>QUÉ SON LAS CLÁUSULAS HIPOTECARIAS ABUSIVAS</strong></h3>
<p>Ahora bien, ¿qué consideramos <strong>cláusulas abusivas hipotecarias</strong>?</p>
<p>Son aquellas cláusulas de un contrato de préstamo que no negocian directamente y de manera individual por el banco y el consumidor. Así como aquellas que no consienten expresamente o consideran contrarias a la buena fe.</p>
<p>En el ámbito nacional, las cláusulas hipotecarias consideradas abusivas más habituales son el <strong>IRPH</strong>, cláusula suelo, multidivisa, de vencimiento anticipado, de intereses de demora y las cláusulas de gastos de formalización de hipoteca.</p>
<p>Respecto a estas últimas, y según las últimas resoluciones del Tribunal Supremo, hay una serie de gastos que deberá asumir el banco. Tales como los de tasación de la vivienda, Registro de la Propiedad y gestoría. Mientras que los gastos de notaría se pagarán a medias entre entidad y consumidor.</p>
<h4><a href="https://aequitaslegis.com/aun-puedes-reclamar-los-gastos-de-formalizacion-de-tu-hipoteca/">Puedes conocer todos los detalles aquí</a></h4>
<p>&nbsp;</p>
<h3><strong>AEQUITAS ABOGADOS RECLAMA A LA BANCA POR TI</strong></h3>
<p>En <a href="https://aequitaslegis.com/contacto/"><strong>Aequitas Abogados</strong> </a>te asesoramos sobre las condiciones de tu préstamo hipotecario y la viabilidad de reclamar ante una entidad bancaria.</p>
<p>La entrada <a href="https://aequitaslegis.com/la-reclamacion-de-las-clausulas-hipotecarias-abusivas-no-prescribe/">LA RECLAMACIÓN DE LAS CLÁUSULAS HIPOTECARIAS NO PRESCRIBE</a> se publicó primero en <a href="https://aequitaslegis.com">Aequitas Legis</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>En el año de las reclamaciones a la banca</title>
		<link>https://aequitaslegis.com/en-el-ano-de-las-reclamaciones-a-la-banca/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 18 Dec 2019 16:43:28 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho civil]]></category>
		<category><![CDATA[abogado en Talavera]]></category>
		<category><![CDATA[IRPH]]></category>
		<category><![CDATA[reclamaciones a la banca]]></category>
		<category><![CDATA[reclamaciones bancos]]></category>
		<category><![CDATA[tarjetas revolving]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Cerramos un año 2.019, en el que desde Aequitas Abogados hemos puesto todo nuestro afán en ayudar a particulares, empresas y autónomos a nivel jurídico. Aspectos laborales, mercantiles, administrativos, civiles o penales tienen respuesta en nuestro despacho de abogados, así como reclamaciones a la banca....</p>
<p>La entrada <a href="https://aequitaslegis.com/en-el-ano-de-las-reclamaciones-a-la-banca/">En el año de las reclamaciones a la banca</a> se publicó primero en <a href="https://aequitaslegis.com">Aequitas Legis</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Cerramos un año 2.019, en el que desde <strong>Aequitas Abogados</strong> hemos puesto todo nuestro afán en ayudar a particulares, empresas y autónomos a nivel jurídico. Aspectos laborales, mercantiles, administrativos, civiles o penales tienen respuesta en nuestro despacho de abogados, así como reclamaciones a la banca.</p>



<p>Y un año más, hemos
contado con el compromiso de clientes y amigos para ir de la mano en este
camino. Gracias a su confianza, hemos seguido sumando sentencias favorables,
hemos conseguido acuerdos, y hemos facilitado la vida al particular en aspectos
fundamentales para su vida y bienestar como en asuntos de divorcio, custodias, o
herencias. </p>



<p>Nuestro equipo de
abogados y abogadas sigue apostando por la formación y actualización continuada
para dar respuesta a todos y cada uno de los planteamientos de nuestros
clientes. Por ello, desde nuestro despacho aprovechamos estas líneas para
agradecer esa confianza depositada en nuestra profesionalidad y seriedad.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Lo más destacado en reclamaciones a la banca</h2>



<p>Si hacemos balance de
este 2.019 que cerramos, un tema que ha destacado en el ámbito del Derecho ha
sido el de las reclamaciones a la Banca. Lejos quedan ya los casos de cláusulas
suelo, pero nos han dejado ese poso de responsabilidad con el afectado. Y
durante 2.019 nos hemos especializado en el estudio de las denominadas <strong>‘TARJETAS REVOLVING’</strong> y el cobro de sus
posibles intereses abusivos. Una labor con la que seguiremos el próximo año, al
existir ya numerosos casos favorables para el consumidor.</p>



<p>Otro de los temas “estrella” ha sido el <strong>IRPH, </strong>pues con el informe del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) calificando como dudoso el sistema de cálculo de este índice por «ser complejo y poco transparente», los profesionales ya estamos preparados para iniciar procesos de reclamación, a expensas de la decisión final del TJUE que se espera para el próximo mes de enero. Así despedimos este año y daremos la bienvenida a un 2.020 donde desde Aequitas Abogados seguiremos trabajando por dar el mejor servicio tanto al particular como al autónomo o empresa. Un próximo año en el que nuestros deseos de felicidad y prosperidad para todos estarán presentes en cada día de nuestro trabajo, poniendo nuestro grano de arena para conseguirlo. Un 2.020 donde queremos seguir contando con vosotros.</p>



<p>Podés contactar con nosotros a través de nuestra <a href="https://aequitaslegis.com/contacto/">página web</a> para ayudaros en todo lo necesario.  </p>
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