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¿QUÉ DERECHOS TENGO AL ANULAR MI BODA POR LA COVID-19?

Desde la declaración del estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, muchos han sido los servicios que se han tenido que cancelar como consecuencia de las restricciones de movilidad y del cierre de establecimientos. Hechos que se han producido durante estos meses para luchar contra la pandemia de la COVID-19. Uno de los sectores que se ha visto afectado ha sido el de anular mi boda por la Covid-19.

Ahora bien, ¿qué derechos tengo al anular mi boda por la Covid-19?

Han sido muchas las parejas que han tenido que cancelar su celebración, y muchas las dudas que han surgido sobre qué pasará con los servicios contratados.

Banquete, servicio fotográfico, viaje de novios… el Real Decreto Ley 11/2020, promulgado a instancias del estado de alarma, recoge las directrices sobre estas dudas. En este sentido, este RD especifica que se puede recuperar el dinero ya pagado en concepto de reserva o importe total al haberse visto obligados a cancelar por circunstancias extraordinarias, siempre y cuando no se celebre el evento y no exista ningún tipo de alternativa.

Por ello, se pueden desarrollar distintos procedimientos para la resolución de los contratos:

 

En Aequitas Abogados somos especialistas en derecho para particulares. Te ayudamos a conocer la situación de tus contratos si has tenido que anular o posponer tu boda.

Consúltanos contactando con nosotros en el teléfono 925820093 o personalmente en nuestro despacho sito en la Calle San Clemente Nº 12, local de nuestra ciudad de Talavera de la Reina, o a través de nuestras redes sociales.

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