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ESCUCHAR AL MENOR LO CAMBIA TODO: AS脥 DEFENDIMOS ANTE EL TRIBUNAL SUPREMO UN CASO CLAVE DE FILIACI脫N

En Aequitas Legis creemos profundamente que, en cualquier procedimiento de familia, el menor no puede ser un espectador silencioso. Y recientemente hemos vivido un caso que lo demuestra con una claridad absoluta: un asunto que hemos defendido desde el primer d铆a, que lleg贸 hasta el Tribunal Supremo y en el que finalmente hemos obtenido una resoluci贸n completamente favorable para nuestra clienta, la madre del ni帽o.

Una maternidad compartida sin v铆nculo biol贸gico

La situaci贸n que analizamos parte de una pareja formada por dos mujeres que, aunque no estaban casadas eran pareja de hecho, decidiendo una de ellas ser madre. Raz贸n por la cual se qued贸 embarazada. Tras el nacimiento del beb茅, la pareja convivi贸 durante unos 4 a帽os hasta que finalmente se separ贸.

La expareja de la madre interpuso una vez separadas, una demanda solicitando que se la reconociese como madre del ni帽o por posesi贸n de estado, es decir, por haber ejercido supuestamente un rol materno de forma p煤blica, continuada y reconocida socialmente. 聽El Juzgado de Talavera de la Reina estim贸 inicialmente su petici贸n, concediendo un r茅gimen de visitas, pero rechazando escuchar al menor por considerar que no ten铆a la suficiente madurez, fijando como referencia los 12 a帽os que habitualmente marca la legislaci贸n, aunque en la pr谩ctica los especialistas reducen esta edad hasta los 10.

La Audiencia confirma la sentencia inicial y el caso llega al Supremo

La Audiencia Provincial de Toledo confirm贸 la resoluci贸n sin valorar la necesidad de o铆r al menor. Tras el recurso de casaci贸n interpuesto por el despacho Aequitas Abogados, el Tribunal Supremo devolvi贸 el asunto a la Audiencia para que evaluase nuevamente el caso, pero esta vez garantizando los derechos del menor, entre ellos el de ser o铆do antes que se dicte una Sentencia que tanto le puede afectar, por lo que el Tribunal Supremo orden贸 que se deb铆a proceder a la exploraci贸n del menor por la Audiencia Provincial de Toledo.

En este nuevo proceso, la sentencia da un giro total para nuestra clienta, la madre biol贸gica: recoge que la demandante no ejerci贸 la maternidad de manera continuada ni realiz贸 los actos jur铆dicos disponibles para determinar la filiaci贸n cuando la relaci贸n era estable (como la inscripci贸n en el Registro Civil o el inicio de un proceso de adopci贸n).

El punto decisivo: el inter茅s superior del menor

El argumento central de la Audiencia Provincial para revocar la filiaci贸n solicitada por la expareja 聽se basa en que, ahora s铆, considera que no puede resolverse una acci贸n de filiaci贸n sin valorar el inter茅s del ni帽o, incluso cuando la filiaci贸n se solicite por v铆a de posesi贸n de estado.

Y as铆, en el caso que nos concierne, la Audiencia recuerda que el menor no tiene relaci贸n con la demandante desde 2019, cuando ten铆a cuatro a帽os, que la ruptura y el conflicto entre las dos mujeres provocaron en el ni帽o alteraciones psicol贸gicas y f铆sicas, que remitieron cuando ces贸 el contacto del menor con la expareja. Y que adem谩s, en la exploraci贸n psicol贸gica, el ni帽o expresa un rechazo rotundo a mantener contacto con la expareja de la madre.

El tribunal concluye que imponer una maternidad o un v铆nculo jur铆dico contrario a los deseos, recuerdos, bienestar y estabilidad emocional del ni帽o es improcedente y perjudicial.

La sentencia final: victoria judicial para la madre biol贸gica

La Audiencia Provincial de Toledo concluye, a favor de nuestra clienta, que no concurre la adquisici贸n de la maternidad por posesi贸n de estado, y que adem谩s la acci贸n ejercitada est谩 caducada ya que pasaron m谩s de dos a帽os desde la ruptura sentimental hasta que la demandante actu贸. Y recalca la sentencia que el inter茅s del menor impide declarar una maternidad que 茅l mismo rechaza y que no ha formado parte de su vida en los 煤ltimos a帽os.

Como consecuencia, se revoca la sentencia de primera instancia y se desestima 铆ntegramente la demanda de la expareja de nuestra clienta.

Asesoramiento personalizado

En un escenario jur铆dico donde las estructuras familiares son cada vez m谩s diversas, esta sentencia aporta claridad y seguridad jur铆dica tanto para las familias como para los profesionales del Derecho, los cuales deben聽 velar en todos los procedimientos porque los mismos est茅n siempre encaminados a lograr que el inter茅s del menor sea el valor superior que oriente todo el proceso.

Si necesitas asesoramiento en procedimientos de filiaci贸n, posesi贸n de estado, visitas, divorcios, o conflictos familiares complejos, nuestro despacho ofrece acompa帽amiento jur铆dico integral, siempre poniendo en el centro el bienestar del menor.

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